Muchas esperanzas había depositado el sector en el articulado de la Ley de Emprendedores. Sin embargo, una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado, la sensación generalizada es la de oportunidad perdida. Aún así, existen algunas medidas que podrán dar un pequeño respiro a un sector asfixiado económicamente.
La consultora Asefarma, a través de su departamento fiscal, explica cuáles son las ventajas más significativas a las que se podrán acoger los titulares de las oficinas de farmacia. Alejandro Briales, director de este departamento, señaló como dato de interés, la previsión en la norma de que las empresas de reducida dimensión y los empresarios personas físicas que adquieran activos nuevos pueden disfrutar de una deducción del 10 por ciento de los beneficios del ejercicio que hayan destinado a dichas compras.
La norma tiene sus excepciones, según afirmó Briales, puesto que dicha deducción será del 5 por ciento en el supuesto de que se acojan a las reducciones por mantenimiento de empleo o por inicio de actividad (aplicable con efectos retroactivos desde el 1 de enero).
Además de Asefarma, desde Aspime también se ha analizado el texto. Juan Antonio Sánchez, socio director de la asesoría, analizó a qué elementos se pueden aplicar esas deducciones. "Se refiere a elementos como una mobiliario comercial, reformas realizadas, cruz, las cajoneras, por ejemplo", indicó. Esto garantiza que la deducción se pueda aplicar en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones materiales.
Otra medida de interés sería la modificación de la ley concursal, a la cual se podrán acoger aquellos cuyo pasivo no supere los cinco millones. "Son medidas que nadie desea aplicar pero que se prevean supone una mejora respecto a la normativa anterior", dijo Briales.