- Lo primero es encontrar tu PAIT más cercano mediante este buscador. Además del DNI de todos los socios y trabajadores y de algún documento que acredite los números de la Seguridad Social, necesitarás el número de cuenta o la tarjeta bancaria para pagar al Registro Mercantil. También es posible que necesites llevar algún otro documento: en este enlace detallan qué puedes necesitar en función de tus características particulares.
- En el PAIT se cumplimenta el Documento Único Electrónico (DUE). Una vez hecho esto, el propio sistema concertará una cita con una notaría.
- A la cita con la notaría tendrás que llevar el certificado de desembolso del capital social. Allí, se otorgará la escritura pública de la sociedad.
- El resto de trámites (Notaría, Seguridad Social y Administración Tributaria) se realizan desde el punto PAIT.
Actualmente, es posible realizar estos trámites en 24 horas y por 100 euros (40 euros de tasas en el registro mercantil y 60 euros en el notario), después de que, tras un tiempo de prueba, se haya eliminado la obligatoriedad de presentar en el Registro Mercantil el documento de exención en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (puedes ver los pasos que tienes que dar en este artículo). Sin embargo, como apunta Rosario Moreno, asesora jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), "esto depende de dónde vivas. Al ser muy nuevo, no hay servicios en todos los lugares".
- Registrar el nombre del negocio en el Registro Mercantil Central. Se puede hacer telemáticamente o por correo postal.
- Acudir a una notaría (en esta web puedes consultar los notarios de tu localidad) para firmar la escritura pública de constitución de la sociedad. Tendrás que llevar los estatutos de la sociedad, la identidad de los socios y del órgano de administración, el certificado negativo de denominación social (un paso previo para reservar el nombre de la empresa que te darán en el Registro) y el certificado de la aportación de capital de cada socio en función de su porcentaje de participación.
- Acudir a la oficina liquidadora de nuestro domicilio (cada Comunidad Autónoma tiene una base de datos en la que encontrar tu oficina liquidadora) para liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la modalidad de Operaciones Societarias.
- Solicitar el CIF provisional en la administración tributaria de nuestro domicilio, cumplimentando el modelo 036 y entregándolo junto a un original y una copia de la escritura. En la administración tributaria también nos daremos de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). La asesora jurídica de ATA aconseja prestar mucha atención en este punto. "Mi consejo es estar bien asesorado antes de presentar el modelo 036, ya que luego podemos recibir requerimientos por parte de la administración en función de la información que facilitamos".
- Inscripción en el Registro Mercantil: con la escritura y la carta de pago del impuesto de operaciones societarias (IOS), vamos al Registro Mercantil de nuestra provincia y esperamos a que procedan a inscribir la empresa.
- Legalización de los libros de actas y socios, en el Registro Mercantil de la provincia.
- Solicitud de licencia de obra al Ayuntamiento, si vamos a abrir un local.
- Dar de alta a nuestros trabajadores en la Seguridad Social, en el caso de tenerlos.